jueves, 9 de noviembre de 2017

Evolución de los derechos laborales en Argentina entre 1900 y 1950



EVOLUCION DE LOS DERECHOS LABORALES EN ARGENTINA ENTRE 1900 Y 1950
El presidente José Figueroa Alcorta, por Decreto del 14 de marzo de 1907, creó el Departamento Nacional del Trabajo y designó en el cargo a José Nicolás Matienzo, con la misión de “recoger, coordinar y publicar todos los datos relativos al trabajo de la República, especialmente en lo que concierne a las relaciones del trabajo y del capital y a las reformas legislativas y administrativas capaces de mejorar la situación material, social, intelectual y moral de los trabajadores”.
Sólo el 30 de septiembre de 1912, después de varios intentos, el Congreso sancionó la Ley Orgánica N° 8.999, según los proyectos de José Luis Cantilo y Alfredo L. Palacios. Por ella las funciones del organismo fueron ampliadas. Se le cometió la inspección y vigilancia de las leyes, la incorporación de un registro de colocaciones para trabajadores sin empleo, y la facultad de mediar en los conflictos entre el capital y el trabajo, a través de un Consejo del Trabajo.
En 1943, por Decreto-Ley Nº 15.074, se creó la Secretaría de Trabajo y Previsión, incorporándose a la misma diferentes dependencias que anteriormente funcionaban en diversos organismos de gobierno. Se transfirieron a la Secretaría, además, los servicios y facultades de carácter conciliatorio y arbitral, así como las funciones de policía del trabajo, los servicios de higiene industrial, los de inspección de asociaciones mutualistas y los relacionados con el trabajo marítimo, fluvial y portuario. A la vez, los departamentos, direcciones u oficinas del trabajo y los organismos y servicios existentes en las provincias quedaron convertidos en delegaciones regionales de Trabajo y Previsión.
En el nivel nacional sólo se plasmó, y de forma vigorosa con la reforma de 1949, la Declaración de los Derechos del Trabajador, formulada por el presidente Perón el 24 de febrero de 1947, y suscrita en acuerdo general de ministros al día siguiente (Decreto N° 4.865/47), la que pasó a ser el art. 37, parte I, de la Constitución Nacional. Luego de la reforma fueron creados, entre otros nuevos ministerios, el de Trabajo y Previsión, continuación de la Secretaría con un rango mayor.

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